Obligación de facturación electrónica
Facturación electrónica en Portugal
Resumen con fuentes del programa de facturación electrónica estructurada de Portugal. Es un punto de partida, no un certificado de cumplimiento ni una prueba de entrega.
De un vistazo
- Ámbito
- Empresa a administración pública
- Estado
- En implantación gradual
- Primera fase de emisión
- 2021-01-01
- Red o canal
- Canal de contratación pública específico para el destinatario; FE-AP está disponible pero no es universal
- Formato
- Factura electrónica estructurada CIUS-PT
Qué significa esto para ti
La obligación portuguesa de facturación electrónica B2G se aplica por fases según el tamaño del proveedor. Las grandes empresas deben emitir facturas estructuradas para los contratos públicos comprendidos en la norma desde el 1 de enero de 2021. Las microempresas, las pequeñas y medianas empresas y las entidades públicas que actúen como cocontratantes deberán hacerlo a partir del 1 de enero de 2027. Por separado, hasta el 31 de diciembre de 2026, las facturas en PDF se consideran facturas electrónicas a efectos de la legislación fiscal. No existe una obligación general de facturas estructuradas B2B o B2C, y los proveedores deben confirmar el canal de la entidad pública receptora.
Qué puede verificar FreeBillGen
Para las facturas guardadas que cumplan las condiciones, FreeBillGen puede preparar mapeos genéricos OASIS UBL y UN/CEFACT CII y ejecutar sus comprobaciones internas identificadas. Estos mapeos no validan EN 16931, Factur-X, Peppol, una CIUS nacional ni una plataforma de control fiscal. FreeBillGen tampoco los transmite mediante una red de proveedores.
Comprobar esta vía en Invoice PassportFuentes oficiales utilizadas
- eSPap - Preguntas frecuentes sobre facturación electrónica FE-AP (se abre en una nueva pestaña) Fuente revisada el 2026-08-31
- Diario de la República de Portugal - Ley n.º 73-A/2025, de 30 de diciembre (se abre en una nueva pestaña) Fuente revisada el 2026-08-31
- Autoridad Tributaria y Aduanera de Portugal - Código del IVA, artículo 36 (se abre en una nueva pestaña) Fuente revisada el 2026-08-31
Información general, no asesoramiento jurídico, fiscal, contable, de conformidad ni de proveedores de entrega. Confirma el ámbito, el perfil técnico y el canal vigentes con la fuente oficial o con un profesional cualificado.